Participación ciudadana y la reducción de desastres:
las comunidades hacia los nuevos desafíos del desarrollo local
El marco jurídico existente y las políticas nacionales establecen la importancia de la participación ciudadana en los procesos de control y gestión pública. Asimismo, la reducción de riesgos de desastres se ha convertido en una tarea que involucra a todos los sectores (públicos y privados) y al mismo tiempo se vuelve un desafío para el desarrollo local.
En las últimas décadas, Nicaragua, al igual que el resto de Centroamérica, ha sufrido los embates de los desastres.También ha sido fiel testigo de procesos sociales que han traído consigo cambios en las actitudes de los ciudadanos y en la administración y facilitación de las políticas públicas.No obstante, todo proceso es producto de una necesidad y en este caso el surgimiento de estructuras de participación ciudadana trae consigo la apertura de espacios de participación alrededor de una visión de desarrollo y de la conformación de agendas de interés social.
Foto: IFCR
Participación ciudadana se define como la relación que se establece entre los individuos en su calidad de ciudadanos y el gobierno municipal o local con el fin de hacer valer sus derechos, responder a sus deberes e influir favorablemente en sus políticas y funcionamiento.
Cuando hablamos de reducción de riesgo de desastres estamos hablando de acciones que involucran a ciudadanos y sus organizaciones, así como de gobiernos (nacionales o locales), por lo tanto, estamos hablando de participación y relaciones en la búsqueda de respuestas apropiadas para enfrentar desastres y reducir la pobreza.
Tomando en cuenta que los procesos de planificación participativa también se deben establecer las áreas geográficas sobre las cuales se desarrollan estas acciones, consecuentemente el municipio3 es la unidad espacial considerada como base para el análisis de necesidades o el planteamiento de soluciones. Es a partir de esta unidad que se puede hablar de otras formas de asociación intermunicipal, es decir de las mancomunidades4 o de las distribuciones por cuencas hidrográficas ya que todas ellas conllevan a un mismo objetivo como es la satisfacción de las necesidades sentidas por la población el uso y manejo adecuado de los recursos naturales, desarrollo económico social, el uso adecuado del suelo urbano, rural y el aprovechamiento del recurso humano con que se cuenta.
Considerando las reacciones de los ciudadanos frente a los diferentes procesos que se desarrollan en la localidad, de las oportunidades que se les brinda y las herramientas e instrumentos que se ponen a disposición a través de las leyes y reglamentos, valoramos hasta qué punto la ciudadanía tiene conocimiento y hace uso adecuado de los espacios que se les pone a disposición.
Por cuanto, cada ciudadano tiene el deber y el derecho de participar en cada espacio que se disponga tanto para aportar a las políticas públicas como para consensuar acciones que permitan la participación mayoritaria en pro del desarrollo local.
La Constitución de la República de Nicaragua reconoce la participación ciudadana y lo establece en el Artículo 50, también reconocido por diferentes instrumentos internacionales en materia de derechos humanos y ratificados por el Gobierno de Nicaragua.
La Constitución de la República y las Leyes orgánicas referidas la: participación ciudadana, municipios, el Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención a Desastres (SINAPRED); Ley de Ordenamiento Territorial y al Plan Nacional de Gestión de Riesgo, expresan claramente que existen las bases jurídicas para una real participación ciudadana, por consiguiente falta que la ciudadanía se apropie y haga suyo los espacios y las herramientas que se les brinda. Para tal efecto, el gobierno central y los gobiernos municipales deberán facilitar y crear condiciones para una efectiva participación.
Asimismo, el Marco de Acción de Hyogo (2005-2015) reconoce como una prioridad de acción: “velar que la reducción de riesgos de desastres constituya una prioridad nacional y local dotada de una base institucional de aplicación”.
Considera como actividad necesaria: Promover la participación de la comunidad en las actividades de reducción de riesgos de desastres mediante la adopción de políticas específicas, el fomento de la acción concertada, la gestión estratégica de los recursos de voluntarios, la atribución de funciones y responsabilidades y la delegación y transferencias de la autoridad y los recursos necesarios.
Como repuesta al impacto recurrente de los desastres, se crean mecanismos y conforman estructuras de cara a la reducción de los riesgos de desastres. No obstante, las comunidades cada día deben fortalecer sus capacidades como una forma de enfrentar las problemáticas y necesidades de los territorios que ven en estas estructuras una forma de aportar en la reducción de la pobreza y especialmente en el salvaguardo de la vida que es el bien más preciado de los ciudadanos. Por tanto, los esfuerzos de reducción de riesgos de desastres deben incorporarse sistemáticamente en las políticas, planes y programas de desarrollo sostenible y reducción de la pobreza.
Principios rectores de la participación ciudadana5
Voluntariedad: La participación ciudadana está reconocida como un derecho humano y con el claro propósito de participar voluntariamente. Universalidad: significa que debe proporcionar a la ciudadanía la igualdad de condiciones. Institucionalidad asumida y efectiva: se institucionaliza y se convierte en un derecho exigible por la ciudadanía y en una obligación del estado y sus representantes para su efectividad. Equidad: proporciona a todos los sectores de la sociedad, incluyendo aquellos de mayor vulnerabilidad los instrumentos jurídicos y políticos necesarios para colocarlos en un plano de igualdad.
Pluralidad: implica el reconocimiento de la diversidad de valores, opiniones y prácticas dentro de la ciudadanía. Solidaridad: permite actuar en procura del bien común, más allá de los intereses particulares.
Participación ciudadana en el municipio6
El fortalecimiento de los procesos de descentralización y autonomía en los municipios permiten desarrollar instrumentos y crear capacidades tanto para la prevención y respuesta como para la conformación de las instancias y los mecanismos de participación ciudadana como:
• Comité de Desarrollo Municipal7 constituye una estructura de carácter consultivo del gobierno local, el cual tiene como propósito contribuir a la formulación de estrategias de desarrollo local a través de la planificación participativa.
• Planificación Estratégica y Municipal: Es una herramienta de la planificación municipal y permite la participación de los diferentes sectores de la sociedad en igualdad de condiciones.
• La Ley No. 337 y la Ley No. 40 contemplan como un derecho la participación de la ciudadanía en Comités8 de Prevención, Mitigación y Atención a Desastres y en todas las acciones que desarrolle el SINAPRED.
Sin embargo, a pesar de contar con estos instrumentos legales la participación de todos los ciudadanos no es todavía suficiente para enfrentar los desastres. Se requiere de una participación más efectiva de todos los sectores que hacen posible el desarrollo municipal.
Anotaciones importantes para una efectiva participación ciudadana:
• Estableciendo normas y mecanismos por parte del gobierno nacional y los municipales que promuevan la participación voluntaria de los ciudadanos en igualdad de condiciones.
• Promoviendo la equidad de género en los espacios para la participación ciudadana.
• Promoción de campañas de divulgación y sensibilización a la población sobre sus deberes y derechos, así como del marco jurídico establecido en el país.
• Participación efectiva de los pobladores en las estructuras organizativas y de control, tanto de las establecidas por Ley como las que se establecen a partir de iniciativas ciudadanas.
• Reconocimiento de los procesos de descentralización y autonomía municipal.
• Participación de los ciudadanos en los procesos de reducción de riesgos como una acción transversal en el marco de los procesos de desarrollo local.
Ansia Álvarez Estrada
gaviotaleonesa@gmail.com
Managua, Nicaragua
1Está considerado como un país de multiamenazas.
2Avendaño, Fanor. Manual de Participación Ciudadana. Fundación Konrad Adenauer. Dic. 2005.
3Arto 176, Constitución de la República de Nicaragua, que estable al “municipio como la unidad base de la división política administrativa del país”.
4Arto. 12, Ley de Municipios (Ley No. 40)
5Arto. 7. Ley 475 (2003). Ley de Participación Ciudadana.
6Arto. 36. Ley de Municipios (Ley No. 40). Los municipios estimularan y promoverán la participación ciudadana.
7Arto. 28, Numeral 7. Ley de Municipios (Ley No.40) Conformación de Comités de Desarrollo.
8Arto. 7, Numeral 11, Ley de Municipio (Ley No.40) y Arto. 20, Ley Creadora del Sistema Nacional de Prevención, Mitigación y Atención a Desastres (Ley No. 337). Creación de estructuras para la reducción de riesgos. |